top of page

Rige nuevo trámite para emitir comprobantes físicos

  • Foto del escritor: MDACOR & ASOCIADOS
    MDACOR & ASOCIADOS
  • 10 sept 2018
  • 2 Min. de lectura

Sunat habilita Formulario Virtual 816 y brinda orientación mediante boletín electrónico.


Desde este mes rige el nuevo procedimiento de contingencia para aquellos contribuyentes designados emisores electrónicos que por situaciones excepcionales no imputables a ellos requieran autorizar comprobantes en formatos impresos, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) en su reciente boletín electrónico.


Así, estos contribuyentes designados por la entidad recaudadora podrán emitir excepcionalmente comprobantes de pago y notas de crédito, débito, comprobantes de retención y percepción en formato físico.


Estos documentos deben tener preimpresa la frase ‘Emisor electrónico obligado’ y la leyenda ‘emitido en contingencia’. En tanto que en el espacio en blanco debe estar preimpreso el nombre del comprobante usado en contingencia, detalla la Resolución de Superintendencia N° 113-2018/Sunat y su modificatoria.


En estos casos, los contribuyentes deberán presentar a la Sunat una declaración jurada informativa con los datos de los comprobantes físicos emitidos, en el día de su emisión o, a más tardar, hasta el sétimo día siguiente al de su emisión.

Para pedir la impresión de los comprobantes físicos, asimismo, los emisores electrónicos deberán presentar la declaración jurada informativa de comprobantes físicos de por lo menos el 90% de la anterior autorización, salvo que se trate de la primera autorización.


Además, la Sunat autorizará la impresión de esos documentos, considerando, como máximo, el 10% del promedio mensual de lo emitido en el Sistema de Emisión Electrónica (SEE) respecto al mismo tipo de comprobante de pago en los seis meses anteriores al de la solicitud o 100 formatos por cada tipo de comprobante y por establecimiento, lo que en total resulte mayor.


Operatividad

Desde el ámbito operativo, las nuevas disposiciones relativas al mencionado procedimiento de contingencia ya se encuentran implementadas en el Formulario Virtual 816.


Por ende, la Sunat, en su reciente boletín electrónico, muestra los pasos que deben seguir los contribuyentes designados emisores electrónicos. Estos lineamientos permiten a estos contribuyentes familiarizarse con facilidad con el nuevo procedimiento. Así, el emisor electrónico ingresará a la Autorización de Impresión de Comprobantes de Pago Formulario Virtual 816 y completará la información solicitada.


Fuente: diario El Peruano

 
 
 

댓글


  • LinkedIn Social Icon
  • Twitter Social Icon
  • Google+ Social Icon

© 2023 para MDACOR & asociado Creado con Wix.com

bottom of page