¿Sunat no te devolverá nada del Impuesto a la Renta? Estos son los pasos para presentar un reclamo
- MDACOR & ASOCIADOS
- 26 feb 2018
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Tras conocerse que la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) devolverá parte del Impuesto a la Renta (IR) correspondiente al 2017 a algunos trabajadores de quinta categoría (planilla), muchos usuarios han quedado decepcionados al ver que no aparecen como beneficiarios.

APLICATIVO
Como se sabe, la devolución de haberes se efectuará automáticamente en la cuenta del trabajador, cuyos ingresos durante todo el 2017 hayan sido mayores a 28 mil 350 soles y hayan realizado gastos en alguno de los cinco rubros fijados para la deducción adicional de 3 UIT (S/12,150). “Ellos pueden ser beneficiados de una devolución automática por los gastos que hayan incurrido por arrendamiento de bienes inmuebles, gastos de servicios profesionales como médicos y odontólogos, también los intereses por créditos hipotecarios y pagos que se hayan realizado por aportes en salud a la trabajadora del hogar (aportación de Essalud)”, afirmó Mariam Valdivia, Gerente de Orientación y Servicios de Sunat.
Para la devolución, estos gastos deben estar debidamente sustentados en un comprobante de pago y bancarizado. El primer paso es ingresar a la página web http://devuelve.sunat.gob.pe/cl-ti-itgastosdeduciblesconsultalibre/ y revisar si le corresponde al trabajador recibir algún monto de devolución.

RECLAMOS
Sin embargo, si el trabajador encuentra que no le corresponde la devolución de parte del Impuesto a la Renta, podría presentar un reclamo si así lo considera. “Si es que no estuviera de acuerdo con el monto a devolver o considera que tiene un monto a devolver y en la consulta (en la web de la Sunat) figura que no tiene un monto a devolver, el trabajador tendría que presentar su declaración“, señaló Valdivia, a la agencia Andina.
Para ello, con la clave SOL – que se obtiene en el mismo portal de la Sunat – “se debe informar todos los gastos que considere que le dan derecho a la inducción y a la posterior devolución del saldo a favor que tenga”.
Fuente: Diario Correo

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