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Sunat sancionará a contribuyentes que no lleven libros electrónicos, ¿cuánto es la multa?

  • Foto del escritor: MDACOR & ASOCIADOS
    MDACOR & ASOCIADOS
  • 30 jul 2018
  • 1 Min. de lectura

La Sunat reveló que inconsistencias por Registros o Declaraciones de IGV ascenderían a más S/ 1,700 millones.


La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) iniciará la etapa sancionatoria a aquellos contribuyentes que están obligados a llevar libros y registros electrónicos y que no han cumplido con esta disposición.


Indicó que en los períodos enero y febrero de este año, alrededor del 30% de los obligados no ha cumplido con presentar sus libros en forma electrónica, y un porcentaje superior de incumplimiento se observa sobre ejercicios pasados.


En tal sentido, a partir de este mes se iniciará la aplicación de las sanciones respectivas que, de acuerdo con las normas del Código Tributario, equivalen al 0.3% de los ingresos netos anuales del infractor, con un tope de 12 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N°106-2018 de Sunat, se ha establecido la no aplicación de sanciones siempre y cuando los contribuyentes cumplan con subsanar la presentación de los libros o registros de manera electrónica, según los plazos señalados en el cuadro adjunto:


Plazos de subsanación establecido por Sunat


Inconsistencias

La Sunat señaló que como resultado del cruce de datos de los registros de ventas y de compras registrados, se han identificado a la fecha 17,036 casos que presentan diferencias con el registro de operaciones o sus declaraciones mensuales del IGV y que ascenderían a un monto estimado de S/ 1,700 millones.


Fuente: Diario Gestión

 
 
 

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