Cambios en recuperación de IGV: inversionistas reducirán costos y ahorrarán tiempo.
- MDACOR & ASOCIADOS
- 26 sept 2018
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Los inversionistas del sector minero, electricidad y hotelero, además de las mypes, serán los más beneficiados con este cambio normativo.

La flexibilización del acceso al régimen especial de recuperación anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV) generará un ahorro de costos y tiempo para el inversionista, según especialistas consultados por SEMANAeconómica. Con la eliminación de la figura del contrato de inversión con el Estado, el inversionista podrá presentar a ProInversión una solicitud (con rango de declaración jurada) para acogerse al régimen; el trámite se reduciría en cuatro meses.
EL CAMBIO NORMATIVO
En el marco de la delegación de facultades legislativas, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) eliminó el requisito de celebrar un Contrato de Inversión con el Estado para que los inversionistas puedan acogerse al régimen mencionado. El decreto legislativo n° 1423 dispuso que las personas naturales o jurídicas que realicen un proyecto de inversión con un monto no menor a US$5 millones podrán acogerse al régimen especial de recuperación anticipada del IGV para obtener la devolución del impuesto que gravó adquisiciones de bienes y servicios realizadas en la etapa preproductiva (igual o mayor a dos años) antes de la ejecución del compromiso de inversión. El plazo de vigencia del régimen para cada proyecto se establecerá por resolución ministerial; sin embargo, los proyectos cuyas solicitudes estén en trámite o ya hubieran accedido a los regímenes establecidos continuarán rigiéndose por las normas vigentes con anterioridad.
EFECTOS DE LA SIMPLIFICACIÓN
Las modificaciones apuntan a un trámite más simple para que los inversionistas logren recuperar el monto pagado por concepto de IGV en su etapa preproductiva, dijo Ramón Gálvez, socio del estudio Gálvez Risso Zegarra & Asociados. “Bastará con presentar a ProInversión una solicitud con carácter de declaración jurada en la que el inversionista sustentará que cumple los requisitos para acceder al régimen. La eliminación del contrato de inversión podría suponer una disminución de costos para los inversionistas”, añadió. Las empresas con inversiones en el sector minero, electricidad y hotelero son las que más hacen uso de la recuperación anticipada del IGV, indicó Giancarlo Riva, socio de EY. “En los últimos años ha habido muchas inversiones en el rubro hotelero. En el sector minero también hay proyectos con un monto de inversión importante de hasta US$5,000 millones, por lo que la recuperación anticipada del IGV es una opción que genera un flujo importante”, agregó Riva.
El inversionista va a ganar tiempo. El sector se encargará de los temas de fondo y de emitir la resolución ministerial para el acogimiento al régimen, reduciendo el procedimiento a aproximadamente cuatro meses, indicó Joseph Andrade, director de PwC. Para Javier Illescas, exdirector de ProInversión, se ha eliminado una fase que involucraba a ProInversión como intermediario y se ha establecido un procedimiento más directo.
“Se presume que cada sector será lo suficientemente eficiente para brindar su opinión especializada respecto al proyecto. Esperemos que no se estanque ahí”, indicó. En la práctica, algunos sectores se habrían excedido en el plazo legal para evaluar y emitir los informes correspondientes de las solicitudes de acceso al régimen. “En ciertos casos los plazos se han dilatado de manera importante. Los sectores ahora tienen un reto”, dijo Riva, quien menciona que, al no quedar claro cuál es el rol que va a cumplir ProInversión, se debe esperar la emisión de normas reglamentarias para tener mayor claridad sobre las funciones del organismo.
MYPE COMO CONTRIBUYENTES
El decreto también señala que los contribuyentes que tengan ingresos anuales de hasta 300 UIT que realicen actividades productivas de bienes y servicios gravadas con el IGV y que estén en el Régimen MYPE tributario también podrán acogerse a la devolución del crédito fiscal generado en las importaciones o adquisiciones locales de bienes. Se elimina como beneficiarios del régimen a los inscritos como microempresa, con ventas menores a 150 UIT o pequeña empresa, con ventas menores a 1,700 UIT, siendo ahora beneficiarios los contribuyentes acogidos al Régimen MYPE Tributario, dijo Gálvez. La Sunat, además de publicar la relación de beneficiarios de los regímenes especiales y los montos de devolución correspondiente a cada beneficiario, deberá controlar y fiscalizar los bienes, servicios y contratos de construcción por los cuales se solicita el régimen. En ese sentido, el sector correspondiente deberá proporcionar la información que Sunat requiera para efectuar el control a su cargo.
Fuente: Semana Económica
Yorumlar