Ejecutivo busca que más personas declaren Impuesto a la Renta
- MDACOR & ASOCIADOS
- 7 may 2018
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Las personas que ganan menos de S/29.050 anuales no declaran Impuesto a la Renta. Reducir ese monto fijado sería contraproducente, señala el Álvaro Arbulú.

Uno de los temas que pretende modificar el Ejecutivo, según se observa en la delegación de facultades legislativas presentadas el miércoles al Congreso, es el Impuesto a la Renta (IR) aplicado a las personas naturales.
El documento señala que los cambios propuestos incluyen el cálculo de la “renta bruta, renta neta, tasas, tramo inafecto y deducciones, las cuales deberán ser sustentadas con comprobantes de pago”. Ello, añade, para reducir la evasión y elusión tributaria, y simplificar y mejorar la progresividad del sistema tributario.
¿Qué significan estas posibles modificaciones para las personas naturales?
Si bien el Ejecutivo no profundiza en cuáles serán dichos cambios, la intención sería añadir a personas que antes no tenían la obligación de declarar el Impuesto a la Renta a la Sunat.
Estos son quienes perciben renta de quinta categoría (trabajadores dependientes/en planilla) que reciban ingresos anuales hasta por 7 UIT (S/29.050); así como los que perciben renta de cuarta categoría (trabajadores independientes) y superen los S/3.026 al mes .
CONTRAPRODUCENTE
Para Álvaro Arbulú, hacer que las primeras 7 UITs inafectas al IR se reduzcan —y con ello más personas estén en la obligación de tributar— sería contraproducente, pues en vez de ampliar la base tributaria, “podría incentivar la informalidad”.
El escenario sería diferente si lo que se plantea es elevar el monto de UITs inafectas de la mano de los comprobantes de pago.
“Si el gobierno piensa en no dar 7 UITs fijas, sino en dar, por ejemplo, 15 UITs, pero debidamente sustentadas con comprobantes de pago, eso sí estaría bueno, porque vas a fomentar la formalidad”, explica el tributarista.
Bajo esa lógica, la persona natural podría incrementar una porción de la renta exonerada pero sustentándola adecuadamente, porque normalmente las personas naturales no pueden deducir gastos.
“Si se quiere ampliar la base de contribuyentes debería pensarse en aquellas personas que no emiten comprobantes de pago, que es probablemente quienes trabajan de forma independiente”, añade.
MÁS DATOS
► No sería adecuado subir las tasas locales que llegan hasta 30%, pues en el Perú el gasto es muy elevado frente a otros países europeos con tasas de IR que llegan hasta 70%, señala el abogado.
► La devolución de hasta S/12.150 en el cálculo del IR anual para los trabajadores dependientes e independientes podría ser eliminado. Los gastos aplicables para la deducción eran el alquiler de inmuebles, los Intereses hipotecarios, los intereses de un crédito hipotecario, servicios profesionales, entre otros.
Fuente: Diario El Comercio
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